Impuestos: el IRS aconseja evitar multas si no se realizó la declaración el 18 de abril o ante deudas tributarias

Los contribuyentes que el último martes no presentaron su declaración de impuestos correspondiente a 2022 ante el IRS pudieron solicitar la extensión por seis meses, hasta el 16 de octubre próximo, mientras que quienes tenían una deuda tributaria para pagar antes del 18 de abril y no lo hicieron deben contactarse con la agencia de recaudación de impuestos, señalaron en el IRS, donde advirtieron que los incumplimientos conllevan el cobro de multas, que además generan intereses.
“Hay dos tipos de multas: por no presentar (la declaración) y por no pagar a tiempo. Quienes para el 18 de abril solicitaron la extensión de tiempo adicional accedieron, la mayoría, a extensión automática de seis meses adicionales para el 16 de octubre, para presentar la declaración. Aquellos que tenían una deuda tributaria y tenían hasta el 18 de abril para establecer un plan de pago o saldar la deuda para evitar esas multas, mientras más rápido resuelvan su situación con el IRS menos enfrentarán la multa”, señaló a Conecta Arizona la portavoz del organismo recaudador, Yviand Serbones-Hernández.
En declaraciones a La Hora del Cafecito☕, el show radial de Conecta Arizona, Serbones-Hernández también recordó que las personas que no tienen deudas ni multas con el IRS y que son elegibles para reclamar créditos reembolsables tienen hasta tres años de plazo para solicitarlos, en referencia a los créditos por hijos, por ingresos del trabajo o por cuidado de niños, entre otros beneficios tributarios. “(Los beneficiarios de este año) tendrían hasta el 2026 para poder reclamar créditos importantes que pueden significar el reembolso en sus bolsillos”, señaló.
La portavoz también recomendó a los contribuyentes mantener la información personal “lo más actualizada posible” ante el IRS, como por ejemplo en cuanto a dirección postal o eventuales cambios en la situación tributaria. En este sentido, y para evitar posibles fraudes, el IRS solo se comunica con los contribuyentes mediante correo postal, es decir que no utiliza correos electrónicos, mensajes de texto, llamadas telefónicas o redes sociales, precisó Serbones-Hernández, entrevistada por Maritza L. Félix, directora y fundadora de Conecta Arizona.

🎙️ Tuvimos varios meses para poder declarar nuestros impuestos, pero tendemos a hacer las cosas muchas veces al último minuto. Si se nos pasó el tiempo y no alcanzamos a presentar nuestra declaración de impuestos el 18 de abril, ¿cuáles son las opciones que tenemos?
“Es importante recalcar que hay dos grupos de personas para las que el mensaje va a ser diferente. Tenemos las personas que sí saben que tienen una deuda tributaria: usualmente esas personas trabajan por cuenta propia y, como no se les retiene los impuestos de sus cheques de nómina, ya que no tienen un empleador, se supone que pagan los impuestos directos al IRS. También tenemos personas que tenían deudas por años tributarios pasados y que ya habían acordado pagar en cierto plazo, así que estas personas, si no presentaron su declaración y no acordaron con IRS hacer un plan de pagos o saldar esas deudas, son las que más urgencias tienen para presentar la declaración lo más pronto posible ya que se puede incurrir en multas por no presentar y por no pagar a tiempo, y esas multas llevan interés, así que mientras más tiempo se espera más se incrementa esa multa debido a los intereses”.
🎙️ ¿Cuál es la diferencia entre solicitar una extensión para poder declarar los impuestos y tener una prórroga o un plan de pago si tenemos alguna deuda con el IRS?
“Ya que hay dos tipos de multas, la multa por no presentar y la multa por no pagar a tiempo, aquellos que para el 18 de abril solicitaron la extensión de tiempo adicional accedieron, la mayoría, a extensión automática de seis meses adicionales para el 16 de octubre, así que tienen esa fecha para presentar esa declaración. Pero aquellos que debían, que tenían una deuda tributaria, tenían hasta el 18 de abril para establecer un plan de pago o saldar la deuda para evitar esas multas. No queremos que las personas piensen que si ya se perdieron ese plazo de la fecha límite ya están en problemas, entonces mientras más rápido resuelvan su situación con el IRS menos enfrentarán la multa. En ciertas situaciones el IRS hasta puede perdonar ciertas multas, pero lo más importante es que se comuniquen con la agencia lo más pronto posible para poder establecer cualquier resolución de deuda, que incluye establecer un plan de pago de largo o corto plazo o saldar la deuda usando tal vez una tarjeta de crédito o débito o un préstamo, para así limitar las multas e intereses. Como ya dije, mientras más tiempo tarda la persona en pagar, incrementan los intereses”.

🎙️ Algunos contribuyentes entregaron las solicitudes o declararon sus impuestos de manera virtual o electrónica, pero hay algunos que todavía prefieren hacerlo en papel y, nos comentaban, terminaron su declaración pero no alcanzaron a ir al servicio postal a mandarla antes del 18 de abril. ¿Esto también cuenta como un atraso? ¿Deberán tener algún sello que demuestre que lo mandaron el 18 de abril?
“Así es. Si su plan era mandar la declaración en papel, tenía que ser marcada por el correo postal para el 18 de abril, así que se va a marcar la fecha que enviaron y el IRS va a tener registro de eso. Queremos que las personas cumplan con esa responsabilidad lo más pronto posible y se comuniquen con la agencia ya que, dependiendo de cada situación, el IRS puede trabajar con las personas cuando se trate de estas multas. También quería recalcar que hay otro grupo de personas que no incurren en ninguna multa y no tienen una deuda con IRS, pero son elegibles para reclamar créditos reembolsables. Si esas personas no tienen una deuda con IRS y no han llenado su declaración, pueden llenarla, tienen hasta 3 años desde el año tributario; entonces, tendrían hasta el 2026 para poder reclamar créditos importantes que pueden significar el reembolso en sus bolsillos. Así que a ellas les animamos a que, cuando tengan todos sus documentos, presenten esa declaración, reclamen ese dinero que les corresponde y puedan tener ese beneficio tributario”.
🎙️ ¿Eso incluiría también los beneficios, reembolsos y créditos que se ofrecieron durante la pandemia?
“Hasta ahora, las personas que no han presentado la declaración de los años tributarios 2019, 2020 y 2021 todavía tienen tiempo. Las del 2019 nada más tienen hasta el 17 de julio, si no presentaron la declaración, para poder llenarla y reclamar esos créditos; después del 17 de julio quienes no presentaron la declaración de 2019 perderán ese dinero ya que el Departamento del Tesoro se quedará con él”.
🎙️ ¿Hay alguna diferencia en las fechas para declarar impuestos como una persona física o como una empresa, un emprendedor? ¿Cuáles son las fechas que tenemos que considerar si somos pequeños empresarios?
“El IRS, dependiendo de cuándo la persona establece su negocio, le envía notificaciones de los plazos de cuándo debería hacer esos pagos de impuestos estimados y cuándo tienen que presentar esas declaraciones informativas, como le llamamos a la información que tienen que enviar los dueños de negocios sobre sus gastos e ingresos. Así que es muy importante que las personas siempre mantengan su información lo más actualizada posible con el IRS: puede ser que su dirección haya cambiado, que su situación también haya cambiado, que tal vez afecte cómo se comunica el IRS con esa persona. Así que es muy importante que, especialmente los dueños de negocio, mantengan esa información actualizada con el IRS para que reciban sus avisos a tiempo y puedan cumplir con sus plazos”.
🎙️ ¿Cómo se comunica el IRS con las personas en dado caso de que la agencia vaya a hacer una auditoría, necesite más información, hiciera falta algún documento que tengas que presentar en tu declaración? Nos han dicho que algunas veces han recibido llamadas que podrían ser fraudulentas, que no son necesariamente del IRS. ¿Cuál es el canal oficial de información?
“La primera manera en que el IRS se comunica con los contribuyentes es a través de un aviso por correo postal oficial. El IRS nunca enviará una llamada, un mensaje de texto o un correo electrónico, ni se comunicará por las redes sociales para pedir o exigir información inmediata de un contribuyente, o amenazándole para que efectúe un pago. Así que si usted no recibe un aviso primero por correo del IRS sospeche de esa llamada u otro mensaje por correo (electrónico), de texto o por redes sociales, ya que especialmente durante la temporada de impuestos -aunque esto pasa todo el año- los asuntos de estafadores aumentan ya que este es un tiempo beneficioso para ellos. Es muy importante que las personas no se dejen llevar por esos mensajes, especialmente si les piden acción inmediata. El IRS solo se comunica a través de correo postal”.
